- Inicio
- Definición de mancomunidad
Mancomunidad
Significado de "mancomunidad", definición de "mancomunidad":
- - Derecho: agrupamiento de municipios o provincias que forman una corporación o entidad legalmente constituir, constituida, para resolver y defender interés, intereses común, comunes.
Unión de personas o entidades con el objeto de obtener un fin común: resultado de mancomunar o mancomunarse.
- - f. Unión o asociación de personas o de cosas con el fin de obtener un logro común:
crearon una mancomunidad de empresas. - - Corporación y entidad legalmente constituidas por agrupación de municipios o provincias:
mancomunidad de municipios.
Sinónimos de "mancomunidad":
No existen coincidencias de sinónimos para "mancomunidad".
Antónimos de "mancomunidad":
No existen coincidencias de antónimos para "mancomunidad".
Más información:
Otras palabras consultadas